El decálogo (del griego δεκάλογος: «diez palabras»; cf. Ex 34,28; Dt 4,13; Dt 10,4) es un cuerpo legal de singular dignidad y profundas repercusiones, que ha sido transmitido en dos pasajes de la Torá: Ex 20,2-17 y Dt 5,6-21.
α) Dignidad canónica y doble tradición. Comparado con otros textos jurídicos veterotestamentarios, el decálogo es el discurso exclusivo de Yahveh a Israel, directamente compuesto por Dios. En este sentido, es también el origen de la concepción de una Escritura santa (Ex 32,15s). Con todo, y a pesar de esta dignidad, no pueden conciliarse entre sí las diferencias entre ambas redacciones.
β) En las dos se mencionan diez normas y dos tablas (Ex 20: cinco mandamientos en cada tabla; en Dt aparece una relación de cuatro a seis, con una cesura después del precepto sobre los padres). Ahora bien, esta distribución no está confirmada ni por la enumeración ni por el número de preceptos, lo que ha dado pie a diferentes computaciones en el judaísmo y en las varias confesiones cristianas.
γ) Desde el punto de vista formal, el decálogo es una composición mixta: el discurso de YHWH (prohibición de la adoración de dioses extranjeros y de imágenes) se transforma en discurso humano (prohibición del abuso del nombre de Dios, precepto sobre los padres y sobre el sábado) y finalmente en discurso neutro. Los mandamientos, de longitud variable, son en su mayoría prohibiciones estrictas. Los preceptos sobre el sábado y sobre los padres están formulados en términos positivos. La secuencia de las prescripciones se interrumpe mediante las afirmaciones «yo soy» por parte de Yahveh (la afirmación del preámbulo y la relativa al ↗celo de Dios) y mediante aclaraciones en el ámbito del discurso humano.
δ) Estructuración. El decálogo estructura su correspondiente contexto. En la teofanía del Sinaí está antepuesto a todos los cuerpos legales. El ↗Libro de la alianza (Ex 20-23) es una explicación del decálogo a cargo de Moisés (Ex 20,22). El derecho del privilegio es introducido como una renovación del decálogo (Ex 34,1-4; Ex 34,28), tras la conclusión de la alianza (Ex 24,3-8), la entrega de las tablas (Ex 24,12; Ex 31,18) y la ruptura de las tablas y de la alianza (Ex 32,19). En la teofanía del Horeb (Dt 5; Dt 9s), el decálogo constituye la «esencia de la ↗alianza» (cf. Dt 4,13). En su condición de ley fundamental, obliga siempre y en todas partes, mientras que, por el contrario, las leyes concretas transmitidas por Moisés (Dt 12-26) son concreciones del decálogo para la vida en la tierra prometida (Dt 5,31; Dt 6,1). El esquema del código legal del Deuteronomio (Dt 12-26) presenta el decálogo como un reticulado sistemático, que es subrayado mediante el sistema diferenciado de los términos legales y la disposición de los capítulos del Horeb.
La crítica literaria del s. XIX establecía un proto-decálogo y lo coordinaba con las fuentes y las redacciones del Pentateuco. La crítica de las formas del s. XX reconstruía un proto-decálogo como prototipo de las series de preceptos jurídicos análogos en diez miembros y lo situaba en el culto. Las contradicciones internas convierten en obsoleta la búsqueda de un proto-decálogo mosaico. La investigación moderna en torno al decálogo concuerda en una datación relativamente tardía, pero discute la prioridad de las dos redacciones en su comparación sinóptica, acentúa la correspondiente composición y las concepciones teológicas de los varios decálogos y analiza algunos problemas específicos de los mandamientos concretos.
El decálogo configura una magnitud generada a lo largo de un proceso. Las propuestas para determinar el espacio temporal de su origen oscilan entre los siglos VIII y VI a.C. Son determinantes a favor de una datación tardía: la comparación intrajurídica con Ex 34 como modelo y con el Libro de la alianza como antecedente parcial; la dependencia respecto del profeta Oseas (Os 4,2; Os 12,10; Os 13,4); el ropaje deuteronómico-deuteronomista del decálogo y su recepción específica («el silencio del decálogo» de los profetas escritores, así como el eco exílico-postexílico en Dt 27; Lv 19,2-6; Sal 50; Sal 81). Entre los elementos nucleares destaca la tríada de las prohibiciones concisas —asesinato, robo y adulterio— (Os 4,2; Is 1,21ss; Jr 7,9; Sal 50,18; Job 24,14ss).
Tanto el puesto del decálogo en el esquema del Pentateuco como el preámbulo aluden a la acción precedente de Yahveh en el éxodo y entienden el decálogo como ley para la preservación de la libertad. Como texto nuclear de la alianza de Yahveh con Israel, el decálogo señala las características de la historia de Yahveh. La relación entre el mandamiento principal —prohibición de dioses extranjeros y de imágenes— y los preceptos concretos configura la unidad entre el amor a Dios y el amor al prójimo. La concepción del decálogo como ley fundamental de validez universal y permanente en la teofanía Sinaí-Horeb lo convierte en el punto de arranque de la Torá. Las máximas universales, sin sanciones, lo elevan a la categoría de modelo y prototipo de la síntesis catequética de la moral. Tanto la concepción de ley fundamental como la idea de la imitación del creador —precepto del sábado— allanan el camino hacia la posterior comprensión del decálogo como ley ética natural.
Frank-Lothar Hossfeld
El Nuevo Testamento no menciona el decálogo ni hace una enumeración completa de los diez mandamientos, pero los da por evidentes y supuestos como norma vinculante.
La confesión de la unicidad de Dios (primer mandamiento: Dt 5,6-10; Ex 20,1-6) configura un presupuesto esencial para la proclamación escatológica de Jesús —reino de Dios—. Su vinculación con la teología de la creación y con la sapiencial lleva a una especial percepción de la ley y del decálogo que distingue a Jesús y a su movimiento de otros grupos del judaísmo temprano.
α) Frente a una hermenéutica —defendida sobre todo por los fariseos— que intentaba explorar la voluntad divina revelada en la Torá con la ayuda de una exégesis que se atiene al tenor literal, esta voluntad divina está, según Jesús, directamente al alcance de la sencillez de un corazón puro (Mt 5,8; Mc 7,6; Mc 7,18-23; Mc 10,5). De acuerdo con esta hermenéutica de la sencillez, se revalorizan en las antítesis los mandamientos quinto y sexto (Mt 5,21-22; Mt 5,27-28; cf. Mt 5,31 par.; Mc 10,2-12) y en Mc 7,6-13 se protege al cuarto mandamiento de su vaciamiento a través de las tradiciones de los hombres.
β) La voluntad de Dios tiene una concreción esencial en el ámbito interhumano (mandamiento del amor: Mt 5,44-45; Mt 5,48 par.). Por consiguiente, pueden valorarse los mandamientos de la segunda tabla como camino hacia la vida eterna (Mc 10,17-21 par., empalmando con Ex 20,12-16) y la combinación del amor a Dios y el amor al prójimo (Dt 6,4s; Lv 19,18) como los mandamientos principales (Mc 12,28-34 par.). También los llamados conflictos del sábado de Jesús deben valorarse en el contexto de una fundamentación de la voluntad de Dios en la teología de la creación (tercer mandamiento: Mc 2,23-28; Mc 3,1-6 par.; Lc 13,10-17; Lc 14,1-6).
Como en los evangelios, tampoco en Pablo hay citas explícitas de los mandamientos de la primera tabla. No obstante, la confesión de la unicidad de Dios es en el Apóstol un presupuesto absolutamente evidente para la conversión a la fe cristiana (1Tes 1,9-10; cf. 1Cor 8,6; Rom 3,30), como, a la inversa, la idolatría es la razón y la explicación de la decadencia moral de los paganos (para su aplicación a los judíos, cf. Rom 2,17-24). Pablo describe la idolatría mediante una antítesis respecto de los mandamientos de la segunda tabla (Rom 1,18-32; 1Cor 5,9-11; 1Cor 6,9-10; Gál 5,19-21).
En Rom 7,7 aparece el décimo mandamiento —sin objetos concretos, ampliado a la prohibición universal de toda concupiscencia— como síntesis de la ley, ante la que fracasa el hombre pecador. Pablo aduce en términos positivos los mandamientos de la segunda tabla en Rom 13,8-10 y los sintetiza en el mandamiento del amor (Lv 19,18), en cuya observancia se cumple la ley entera (cf. Gál 5,14; en sentido parecido, Sant 2,8-11). Ef 6,2-3 cita el cuarto mandamiento (Ex 20,12 LXX) como el primero de los que llevan consigo una promesa.
Helmut Merklein